¿De la PGR a la corte?

El 10 de marzo de 2015, Eduardo Medina Mora fue designado ministro de la SCJN con 83 votos de 119 senadores presentes: 69.7%. Es decir, obtuvo apenas 4 votos más de los dos tercios necesarios dado el quorum: 119×2/3=79. Entre los senadores ausentes hubo 5 perredistas: Mario Delgado, Rabindranath Salazar, Armando Ríos Píter, Manuel Camacho Solís (quien tuvo ausencia justificada) y Luz Ma. Beristáin. Por su parte, Layda Sansores anuló su boleta rompiéndola públicamente.  De haber asistido todos, las bancadas de PRI+NA+PVEM+PAN suman 100 senadores: hubo voto dividido en la coalición pro-Medina pero como la votación fue anónima, nunca sabremos el nombre de los “no alineados”.

  • Petición de Alejandro Madrazo Lajous, Catalina Pérez Correa González y Jorge Javier Romero Vadillo para que el Senado “no haga ministro de la Suprema Corte a Eduardo Medina Mora“: http://ow.ly/KafoM
  • Respuesta de Eduardo Medina Mora a la peticiónhttp://ow.ly/Kaf0l
  • Réplica de Alejandro Madrazo, Catalina Pérez Correa y Jorge Javier Romerohttp://ow.ly/Kafbk

Estos son los votos con los que llegaron el resto de los ministros hoy en funciones:

Luis María Aguilar Morales 91 votos
Arturo Zaldívar Lelo de Larrea 90
Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena 103
José Ramón Cossío Díaz 84
Jorge Mario Pardo Rebolledo 97
Olga Sánchez Cordero 89
Fernando Franco González Salas 94
Juan Silva Meza 89
Mario Alberto Pérez Dayán 104
Margarita Beatriz Luna Ramos 83.

Esta es mi opinión al respecto, publicada en Excélsior (7 marzo 2015):

¿De la PGR a la corte?

El 17 de febrero pasado, el presidente Peña Nieto envío una terna de candidatos a ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para cubrir la vacante de Sergio Armando Valls Hernández, quien falleció en diciembre pasado. A decir de muchos, se trata de una terna con un claro favorito.

¿Cómo funciona el “juego” de las nominaciones a la Suprema Corte? En un régimen de separación de poderes —como el que nuestra Constitución pretende  que tengamos en México— hay tres poderes: el Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.  Los dos primeros son elegidos mediante el voto popular. No es el caso del Poder Judicial. ¿Quién y cómo se decide quién debe llegar a la Corte? Por principio de cuentas, consideremos que no se trata de un cargo cualquiera. A la Suprema Corte le toca resolver, entre otras muchas cosas, tanto los conflictos entre el poder Ejecutivo y el Legislativo como entre los diferentes niveles de gobierno (federal, estatal y municipal). Por otro lado, también corresponde a la Corte vigilar que las leyes y la actuación de nuestros gobernantes no afecten los derechos fundamentales de los ciudadanos. Para decirlo en breve: la Corte es el árbitro de última instancia en una democracia constitucional.

En la mayoría de los regímenes presidenciales, los ministros de la Suprema Corte son designados conjuntamente por el Ejecutivo y el Legislativo. Pero el diablo está en los detalles. En el caso de México, la Constitución señala que el Presidente enviará al Senado una terna de candidatos para cada plaza vacante. El Senado debe aprobar por mayoría calificada de dos tercios uno de esos tres candidatos. En caso de rechazar la terna, el Presidente puede enviar una segunda terna. En caso de que la segunda terna también sea rechazada por el Senado, el Presidente tiene la facultad de designar directamente al ministro de su preferencia. Es decir que se trata de un “juego” en el que, en caso de que no haya acuerdo entre ambos Poderes, el Presidente tiene la última palabra.

De los 11 ministros que estaban en funciones hasta el año pasado, dos fueron propuestos originalmente por Ernesto Zedillo, cuatro por Vicente Fox y cinco por Felipe Calderón. Tan sólo en noviembre de 2012, el Senado rechazó dos ternas a Felipe Calderón. Poco después, se aprobaron dos ternas revisadas.

¿Cuál es el perfil ideal de un ministro de la Suprema Corte? Dado el procedimiento de nombramiento, esto depende en gran medida tanto de las preferencias (la ideología, por así decirlo) del Presidente como de la conformación del Senado en turno. Muchos expertos en asuntos judiciales han criticado la nominación de Eduardo Medina Mora en la terna enviada por el Presidente. Algunos lo han criticado por su perfil ideológico. Otros por su experiencia previa. Otros más por su cercanía personal al Presidente. Medina Mora fue director del Cisen, y secretario de Seguridad Pública con Vicente Fox y, posteriormente, procurador General de la República con Felipe Calderón.

En otros países, la nominación de cada ministro conlleva largas discusiones, una deliberación pública cuidadosa y un extenso interrogatorio de los senadores a los candidatos propuestos por el Presidente. Y no es para menos.

La mayoría de los aspirantes a la Suprema Corte proviene del sistema judicial mismo o al menos cuentan con carreras más cercanas al ámbito judicial que al gabinete del Ejecutivo. Esto permite al Senado examinarlos y darse una idea de qué tipo de jueces serían en caso de llegar a la Corte.

¿Qué tipo de juez sería Medina Mora? No lo sabemos porque nunca ha juzgado un caso. ¿Qué tan eficaz fue como procurador? En caso de ser ratificado, ¿cuántos casos que él mismo persiguió desde el Cisen o la PGR le tocará discutir en el pleno de la corte? ¿Cómo los resolvería? Eduardo Medina Mora puede llegar a la Suprema Corte a menos de tres semanas de haber sido nominado y sin haber respondido estas preguntas a profundidad. Al parecer, en México es más difícil ser nombrado consejero electoral que ministro del máximo tribunal de justicia del país. Es el mundo al revés.

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